Edición febrero 2012    
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Última actualización 21/08/2009@18:14:48 GMT+1
Mi nombre es Antonio, hace 4 semanas tuve un accidente de moto. Me fracturé la tibia y tengo arañazos en la mano también. En este tiempo mi compañía aseguradora no se ha puesto en contacto conmigo. Me parece demasiado tiempo. He visto que se podían hacer consultas legales. ¿Me pueden ayudar? ¿Qué debo hacer? Estoy un poco desesperado.
Mi nombre es Antonio, hace 4 semanas tuve un accidente de moto. Me fracturé la tibia y tengo arañazos en la mano también. En este tiempo mi compañía aseguradora no se ha puesto en contacto conmigo. Me parece demasiado tiempo.

He visto que se podían hacer consultas legales.
¿Me pueden ayudar? ¿Qué debo hacer? Estoy un poco desesperado.


Muchas gracias

Con relación a su consulta, y en contestación a las cuestiones que nos plantea, en primer lugar debe cerciorarse que su compañía ha recibido correctamente su parte de accidente, llámeles por teléfono y pregunte.

Por otro lado, debería precisarnos el desarrollo del accidente, es decir, si hubo un causante del mismo o fue una pérdida de control de la moto, ya que como es lógico habría que enfocar el asunto de una u otra manera.

Como norma general, si Vd ha sufrido lesiones y hay un causante del accidente, el plazo para interponer una denuncia es de seis meses contados desde la fecha del accidente, debiendo presentar la misma en el Juzgado del lugar donde ocurrió el mismo.

En cuanto a los daños materiales sufridos por su moto, si no se los reparan de forma amistosa, se deben reclamar en el mismo procedimiento penal en el que se reclamen las lesiones, pero convendría agilizar el tema en cuanto a la peritación de daños se refiere, con objeto de hacerse una rápida composición de lugar del coste de la reparación.

Dada la entidad de las lesiones sufridas que menciona, sería conveniente iniciar la reclamación en vía judicial de sus daños personales, por lo que le aconsejamos poner el asunto en manos de un profesional lo antes posible que se encargue personalmente de todas estas gestiones, también aquellas relativas a su atención médica.

No debe olvidar que, además de las lesiones y daños materiales, hay otros perjuicios que se derivan de un accidente como gastos médicos, lucro cesante, otros objetos dañados, etc... que siempre que estén debidamente justificados son perfectamente reclamables y el abogado a quien le encomiende este asunto le informará de ello.
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